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ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS´: CONCEPTO Y LEGISLACIÓN ACTUALIZADA HASTA EL AÑO 2001 Autor del resumen y recopilación de información: Pablo Gomez Segade.
Los espacios
naturales protegidos se clasifican atendiendo a la legislación que los
ampara. Así, estrictamente hablando, deberían considerarse sólo como espacios
naturales protegidos aquellos que lo son gracias a una norma estatal o
autonómica. Muchas veces, sin embargo, se solapan las protecciones emanadas
de las distintas administraciones, autonómica, estatal, europea e
internacional. Para hacer efectiva una protección real, el Ministerio de
Medio Ambiente está últimamente tratando de impulsar el marco legal necesario
para que las distintas figuras ZEPAs (Zonas de especial Importancia para
la protección de las Aves), RAMSAR (Convenio de Conservación de Humedales de
Importancia Internacional) y Reservas de
Los espacios
naturales protegidos (E.N.P.), declarados al amparo de la legislación
española tienen su base principal en
Últimamente los diferentes estados de En el fichero adjunto se relaciona una lista con algunas de las Leyes, Decretos y Órdenes más importantes en las diversas administraciones (Galicia, España y Unión Europea) tal y como se aparecen en la página web de legislación medioambiental sobre Conservación de la Naturaleza, Flora y Fauna del Ministerio de Medio Ambiente (MMA). |